Chapter 22
Leyes relativas a la propiedad
1 Si uno roba un buey o una oveja, y los mata o vende, restituirá cinco reses mayores por el buey, y cuatro ovejas por la oveja,
2 Si el ladrón sorprendido al forzar (una casa) es herido de modo que muera, no hay delito de sangre.
3 1Mas si esto sucede salido ya el sol, es delito de sangre. Debe restituir. Si no tiene con qué hacerlo, sea vendido por su robo.
- 3. Durante el día hay más posibilidades de defenderse del ladrón y pedir auxilio; de ahí que no sea lícito matarlo. Debe restituir: La Vulgata dice: y él morirá.
4 Si lo robado fuere hallado vivo en su poder, sea buey o asno u oveja, restituirá el doble.
5 Si uno causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto su ganado de modo que pazca en campo ajeno, tiene que dar en compensación lo mejor de su propio campo y lo mejor de su propia viña,
6 Si se declara un fuego, y encuentra espinos, y se abrasan las cosechas recogidas o en pie, o el campo, debe restituir el daño el que haya encendido el fuego.
7 Si uno da a otro dinero o utensilios en custodia, y fueren estos robados de la casa de tal hombre, si fuere hallado el ladrón, restituirá el doble.
8 1Si el ladrón no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante Dios para declarar si no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.
- 8. Se presentará ante Dios: Otra traducción: ante los jueces. Lo mismo en el versículo siguiente. Véase 21, 6 y nota.
9 En todo caso de fraude, trátese de buey, o asno, u oveja, o ropa, o cualquier otra cosa desaparecida, si uno dice: Esto es (mío), ante Dios vendrá la causa de ambos; y aquel a quien Dios condenare, restituirá el doble a su prójimo.
10 Si uno entrega un asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal en custodia de otro, y estos mueren o sufren daño o llevados por los enemigos sin que nadie los haya visto,
11 se interponga entre los dos el juramento de Yahvé (para averiguar) si (el depositario) no ha puesto su mano sobre la hacienda de su prójimo; lo cual el dueño ha de aceptar, y no habrá restitución.
12 Pero si la (bestia) le ha sido robada hará restitución al dueño de ella.
13 Si ha sido destrozada, traiga lo destrozado en testimonio, y no ha de restituir el daño.
14 Si uno pide a otro prestada (una bestia) y esta sufre daño o muere, en ausencia de su dueño, deberá restituirla sin falta.
15 Si estaba presente su dueño, no se hará restitución. Si era alquilada, la compensación consistirá en el precio del alquiler.
Leyes relativas a las costumbres
16 1Si uno seduce a una doncella no desposada, acostándose con ella, le pagará sin falta la dote, y sea ella su mujer.
- 16. La dote: Antes de casarse entregaba el esposo al padre de la esposa una suma de dinero (según Deuteronomio 22, 29 cincuenta siclos de plata) u otros regalos. Esto no significaba de ninguna manera la compra de la mujer. En Génesis 24, 53 se dan los regalos a la madre y al hermano de la novia.
17 Si el padre de ella de ningún modo quiere dársela, (el seductor) pagará la suma correspondiente a la dote de las vírgenes.
18 1A la hechicera no la dejarás con vida.
- 18. La hechicera: La Vulgata: los hechiceros. Cf. I Reyes 28, 3 ss.
19 Todo aquel que pecare con bestia, será muerto irremisiblemente.
20 1Quien ofreciere sacrificios a dioses, y no a Yahvé solo, será exterminado.
- 20. Exterminado: en hebreo: anatematizado, literalmente: consagrado a Dios para ser consumido como un sacrificio. De ahí el significado de destruir, extirpar. Cf. Levítico 20, 1-5; 27, 28 s.; Números 25, 1 ss.; Deuteronomio 13, 12 ss.
Leyes sociales
21 1No maltratarás al extranjero, ni lo oprimirás, pues extranjeros fuisteis vosotros en el país de Egipto.
- 21. Nótese la marcada misericordia con los extranjeros que no existía entre los pueblos paganos. Cf. 23, 9 y 12.
22 1No afligiréis a la viuda ni al huérfano.
- 22. “Es impresionante el lenguaje de la Ley sobre los desvalidos, y más lo es todavía el de los profetas. Cf. Deuteronomio 24, 17; 27, 19; Salmo 93, 6; Isaías 1, 17, 23; Jeremías 5, 28; Ezequiel 22, 7; Santiago 1, 27” (Nácar- Colunga).
23 Si los afligiereis, clamarán a Mí, y Yo no dejaré de oír su clamor;
24 y se encenderá mi ira, y os mataré a espada; y vuestras mujeres quedarán viudas, y vuestros hijos, huérfanos.
25 1Si prestas dinero a uno de mi pueblo, al pobre que habita contigo, no serás con él como usurero; no le exigirás interés.
- 25. Cf. Levítico 25, 35; Deuteronomio 23, 19 s.; Nehemías 5, 1 ss.
26 Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de ponerse el sol;
27 1porque es su único abrigo; es el vestido de su cuerpo. ¿Sobre qué dormirá? Si clamare a Mí, le prestaré oído, porque soy misericordioso.
- 27. En ningún pueblo antiguo y ni siquiera en los modernos hay legislación tan humana y tan social. El pobre necesita el vestido para abrigarse del frío nocturno. Retenérselo equivaldría a dañarle la salud. Cf. Deuteronomio 24, 17; 27, 19; Isaías 1, 17 y 23; Jeremías 5, 28; Santiago 5, 1 ss.
28 1No blasfemarás contra Dios, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
- 28. Contra Dios: otra traducción: contra los jueces. Véase 21, 6 y nota,
Sobre las primicias
29 No tardarás (en darme) las primicias de tu cosecha y de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos.
30 Lo mismo has de hacer con el de tus vacas y ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo me lo darás.
31 Gente santa seréis para Mí. No comáis la carne destrozada (por una fiera) en el campo; echádsela a los perros.